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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223458
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 216

SOBRESEIMIENTO. PROCEDE POR MANIFESTACIONES DE VOLUNTAD QUE ENTRAÑAN CONSENTIMIENTO DEL ACTO RECLAMADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 216

Precedentes

Amparo en revisión 413/90. Gabriel Castán Mora y otros. 17 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Dueñas Sarabia. Secretario: César Flores Rodríguez. Amparo directo 68/88. Fabrica de Hilados y Tejidos de Lana, Fibras y Similares San Jorge, S. de R.L. 17 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Manuel Acosta Tzintzun. Octava Epoca, Tomo I, Segunda Parte-2, página 685.
Registro digital (IUS): 223458