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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.3o.A.47 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223459
Clave de tesis
I.3o.A.47 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 216

SENTENCIAS QUE CONCEDEN EL AMPARO. SUS EFECTOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 216

Precedentes

Amparo directo 1463/90. BACO, S.A. 30 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: María Guadalupe Saucedo Zavala. Véase: Tesis relacionada con Jurisprudencia 1780, Apéndice 1917-1988, Segunda Parte, página 2867.
Registro digital (IUS): 223459