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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.4o.C. J/35 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223492
- Clave de tesis
- I.4o.C. J/35
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Febrero de 1991; Pág. 125
REPRESENTACION MALA O FALSA COMO VIOLACION PROCESAL.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Febrero de 1991; Pág. 125
La mala o falsa representación mencionadas en el artículo 159, fracción II, de la Ley de Amparo, se refieren exclusivamente al hecho de que la persona que se ostentó en el juicio natural como representante legal o voluntario del quejoso no hubiera tenido en realidad tal cualidad; por lo tanto, aunque se invoque el referido precepto, si la infracción alegada en el juicio de garantías no se sustenta en la situación descrita anteriormente, sino en la existencia de un deficiente asesoramiento jurídico o en un mal desempeño en la actividad profesional de algún mandatario o procurador, como estas circunstancias nada tienen que ver con la hipótesis de la disposición en comento, la alegación aducida debe ser desestimada.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo. 869/89. Gabriel Rojas Soriano. 13 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Mauro Miguel Reyes Zapata. Secretario: Luis Arellano Hobelsberger.
Amparo directo. 2064/89. Demetrio Nicolopulos Joannides. 8 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Mauro Miguel Reyes Zapata. Secretario: Luis Arellano Hobelsberger.
Amparo directo. 2059/89. Inmobiliaria Mexval, S.A. de C.V., y coagraviada. 8 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Mauro Miguel Reyes Zapata. Secretario: Luis Arellano Hobelsberger.
Amparo directo. 3464/89. Angel Hernández Ceballos. 13 de septiembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Mauro Miguel Reyes Zapata. Secretario: Refugio Ortega Marín.
Amparo directo. 5784/90. María de Jesús Roa Contreras. 22 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Mauro Miguel Reyes Zapata. Secretaria: Marcela Hernández Ruiz.
La presente tesis no fue reiterada como vigente, según los acuerdos a que llegó la Comisión Coordinadora encargada de los trabajos para la publicación del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1995