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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 4o. A. J/8 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223497
- Clave de tesis
- I. 4o. A. J/8
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Febrero de 1991; Pág. 130
SUSPENSION DEFINITIVA. CORRESPONDE AL JUEZ DE DISTRITO PRECISAR SU ALCANCE.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Febrero de 1991; Pág. 130
En atención a la naturaleza jurídica de la suspensión definitiva que el Juez de Distrito otorga al quejoso, respecto de los actos reclamados atribuibles a las autoridades responsables, éstas, así como cualesquiera autoridad, están obligadas a respetarla, sin que estén facultadas para dejar insubsistente dicha medida cautelar mientras se encuentre vigente y corresponde al Juez de Distrito precisar su alcance, pues considerar lo contrario, a título de que se trata de actos nuevos, se prestaría a dejar en manos de la propias autoridades determinados efectos y alcances de la suspensión definitiva, lo que equivaldría a delegar indebidamente funciones constitucionales que están reservadas al Poder Judicial Federal y no a dichas autoridades, con lo que se desnaturalizan los efectos de la suspensión en el juicio de amparo.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Recurso de queja 274/87. Delegada del Departamento del Distrito Federal en Benito Juárez y otros. 4 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón. Secretario: Gabriel Fernández Martínez.
Recurso de queja 278/87. Miguel Ureña Barrera. 26 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretaria: Elsa Fernández Martínez.
Recurso de queja 564/89. El Paseo del Bosque, S. A. 3 de mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón. Secretario: José Suárez Correa.
Recurso de queja 394/90. Delegado del Departamento del Distrito Federal en Benito Juárez y otros. 6 de septiembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón. Secretario: Jacinto Figueroa Salmorán.
Recurso de queja 564/90. Patricia Gómez Hernández. 10 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón. Secretario: Jacinto Figueroa Salmorán.
Nota: Esta tesis también aparece en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo VI, Materia Común, Segunda Parte, tesis 1041, página 720, así como en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación número 38 febrero de 1991, página 35.