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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223500
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Febrero de 1991; Pág. 136

ALIMENTOS. CUANDO EL DEUDOR ALIMENTISTA CUMPLIO CON ESTOS, POR HABER ACOMPAÑADO CONSTANCIAS CERTIFICADAS DE UN DIVERSO JUICIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Febrero de 1991; Pág. 136

Precedentes

Amparo directo 6005/90. Horacio Montes de Oca Romero. 10 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Secretario: Juan Manuel Hernández Páez.
Registro digital (IUS): 223500