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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223512
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Febrero de 1991; Pág. 151

ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL CONTRATO DE. NO SE VIOLAN GARANTIAS SI AL NOTIFICARLO EN DILIGENCIAS DE JURISDICCION VOLUNTARIA SE USA EL VOCABLO EMPLAZAMIENTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Febrero de 1991; Pág. 151

Precedentes

Amparo directo 950/90. Miguel Madrigal Dueñas. 9 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Oscar Vázquez Marín. Secretario: César Omar Romero Ballesteros.
Registro digital (IUS): 223512