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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.3o.C.174 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223550
Clave de tesis
III.3o.C.174 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Febrero de 1991; Pág. 191

NULIDAD DEL MATRIMONIO, EL OCULTAMIENTO DE LA NACIONALIDAD EXTRANJERA DE UNO DE LOS CONYUGES NO ES MOTIVO DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Febrero de 1991; Pág. 191

Precedentes

Amparo directo 553/90. Sucesión a bienes de María Guadalupe Origel Aguilera. 15 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: María de los Angeles E. Chavira Martínez. Secretario: Salvador Murguía Munguía.
Registro digital (IUS): 223550