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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.1o.T. J/24 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223607
- Clave de tesis
- I.1o.T. J/24
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 77
INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES. NO ES DE IMPOSIBLE REPARACION.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 77
La resolución de la Junta responsable que declara procedente el incidente de nulidad de actuaciones, no es un acto de imposible reparación en los términos del artículo 114, fracción IV, de la Ley de Amparo, sino se trataría en su caso de una violación a las leyes del procedimiento en términos de la fracción V del artículo 159 del mismo ordenamiento legal, reclamable únicamente en la vía de amparo al promoverse la demanda contra el laudo, como lo señala el artículo 161 de la propia Ley Reglamentaria.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 31/89. Juan Angeles Chávez. 9 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: Teresa Sánchez Medellín.
Amparo en revisión 71/89. Alejandro Solís Hernández. 16 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario: Alfonso Hernández Suárez.
Amparo en revisión 631/90. Sosa Texcoco, S.A. 16 de agosto de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Angel Salazar Torres.
Amparo en revisión 901/90. Xóchitl Duran Andrade. 27 de septiembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario: Alfonso Hernández Suárez.
Amparo en revisión 971/90. María Antonieta Navarro Maya. 11 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario: Jesús González Ruiz.