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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.1o.T. J/26 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223616
Clave de tesis
I.1o.T. J/26
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 91

TESTIGOS ALECCIONADOS.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 91

Precedentes

Amparo directo 2027/81. Muebles Sánchez, S.A. 25 de febrero de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Amparo directo 1511/90. Pimienta Hermanos, S.A. 13 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario: Alfonso Hernández Suárez. Amparo directo 5681/90. María Eugenia Velázquez Calleja. 6 de septiembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: Ma. Guadalupe Villegas Gómez. Amparo directo 7011/90. Rosa María Fajardo Martínez. 20 de septiembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario: Jesús González Ruiz. Amparo directo 8381/90. Manuel Palancares Gutiérrez. 11 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Jaime Allier Campuzano. Véase: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, número 65, mayo de 1993, página 19, tesis por contradicción 4a./J. 21/93 de rubro "TESTIMONIAL. VALORACION DE ESTA PRUEBA EN MATERIA LABORAL.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo V, Primera Parte, tesis 555, página 365.
Registro digital (IUS): 223616