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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223619
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 96

ACCION, DE PRORROGA DE CONTRATO, CASO EN QUE ES IMPROCEDENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 96

Precedentes

Amparo directo 3695/90. Francisco Reséndez Maya. 7 de junio de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: José Francisco Cilia López. Véase: Tesis publicada en la página 531 del tomo de Precedentes de la Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación 1969-1986.
Registro digital (IUS): 223619