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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223697
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 141

ARRENDAMIENTO. OPOSICION A QUE CONTINUE EL. CUANDO DEBE MANIFESTARSE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 141

Precedentes

Amparo directo 208/90. José Padilla Mariscal. 25 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Gutiérrez Vidal. Secretario: Gustavo Alcaraz Núñez. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, Tomo XIV, julio de 2001, página 352, tesis por contradicción 1a./J. 31/2001 de rubro "TACITA RECONDUCCION. LA OPOSICION DEL ARRENDADOR PARA QUE NO OPERE AQUELLA, DEBE MANIFESTARSE DENTRO DEL TERMINO DE DIEZ DIAS CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE VENCIMIENTO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.".
Registro digital (IUS): 223697