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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223706
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 145

ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL CONTRATO DE. CARECEN DE CONSISTENCIA LEGAL DIVERSAS COPIAS CERTIFICADAS DE UN PROCEDIMIENTO DE PRORROGA QUE NO QUEDO CONCLUIDO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 145

Precedentes

Amparo directo 5237/90. Piedad Margarita Lara Alcocer. 8 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Secretario: Vicente C. Banderas Trigos.
Registro digital (IUS): 223706