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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.1o.42 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223733
Clave de tesis
II.1o.42 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 164

CADUCIDAD, PRESUPUESTOS PARA QUE OPERE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 164

Precedentes

Amparo directo 1621/88. Mario Carrillo Márquez. 17 de enero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretario: Fernando Lúndez Vargas. Véase: Jurisprudencia número 84, Apéndice 1917-1985, Octava Parte, página 134.
Registro digital (IUS): 223733