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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223766
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 184
COMPRAVENTA SUJETA A DIVERSAS OBLIGACIONES.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 184
En un contrato de compraventa de un inmueble, se puede pactar una fecha cierta para el pago y el vendedor comprometerse a escriturar, pero si el comprador no paga el día convenido, ni consigna la cantidad debida, bien puede el vendedor rescindirle el contrato por incumplimiento, aunque él se hubiere negado a escriturarle, pues el adquirente incumple con una obligación de fecha cierta y el vendedor no cumplió con una obligación dependiente de un hecho futuro e incierto, motivo por el cual el comprador ante la negativa de escriturarle el vendedor, debió consignar el pago para en un futuro exigir la escritura respectiva.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 138/89. María Atala Arrieta Carmona. 29 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando A. Yates Valdez. Secretario: Xavier Luévano Mesta.