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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223774
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 190

CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES. SON LOS QUE NO IMPUGNAN LA RESOLUCION QUE DECLARA DESIERTO EL RECURSO DE APELACION Y CONFIRMA LA SENTENCIA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 190

Precedentes

Amparo directo 173/90. Elías Castillo Frías. 18 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente José Angel Mandujano Gordillo. Secretario: Tito Contreras Pastrana.
Registro digital (IUS): 223774