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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223833
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 225

DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO, SOLICITANDO POSTERIORMENTE SE TENGA POR PERDIDO EL DERECHO DEL TRABAJADOR A SER REINSTALADO, IMPLICA MALA FE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 225

Precedentes

Amparo directo 8933/90. Víctor Manuel Solórzano. 14 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Francisco Octavio Escudero Contreras.
Registro digital (IUS): 223833