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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223843
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 230
DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL, INEFICACIA DE LA ESCRITURA DE PROPIEDAD PARA DESVIRTUAR LA CAUSAL DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 230
El hecho de que el marido sea dueño de la casa en que se estableció el hogar conyugal, y que en ésta sigan viviendo su esposa y sus menores hijos, no puede engendrar la presunción en su favor acerca de que también él vive en dicho inmueble, si en autos está demostrado que no obstante que ese bien le pertenece, lo abandonó por más de seis meses, sin causa justificada.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 237/90. Marcos Sánchez Rodríguez. 5 de julio de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Federico Gutiérrez de Velasco Romo. Secretario: Guillermo Esparza Alfaro.