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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223907
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 279

INCIDENTE NO ESPECIFICADO EN EL AMPARO. DEBE RESOLVERSE EN LA SENTENCIA DEFINITIVA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 279

Precedentes

Reclamación 9/90. Concepción Novoa del Hierro. 17 de octubre de 1990 . Mayoría de votos. Ponente: Raúl Díaz Infante Aranda. Disidente: Salvador Bravo Gómez.
Registro digital (IUS): 223907