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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
223910
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 281

INFONAVIT, LAS RESOLUCIONES DEL, QUE DETERMINAN OBLIGACIONES DE CARACTER FISCAL A CARGO DE LOS PATRONES, NO SON VIOLATORIAS DE LA GARANTIA DE AUDIENCIA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 281

Precedentes

Amparo directo 1494/90. Limpieza Industrial Planeada, S. A. 6 de diciembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretario: Oscar Germán Cendejas Gleason.
Registro digital (IUS): 223910