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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223925
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 289
ISSSTE. CASO EN QUE NO TIENE LEGITIMACION PARA ALEGAR EN FAVOR DEL TERCERO INTERESADO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 289
Si el tercero interesado no ha otorgado poder legal alguno al quejoso Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, resulta que éste carece de facultades para expresar inconformidad alguna por aquél, para defender sus intereses, pues carece de legitimación procesal activa.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1555/90. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 29 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: Erubiel Arenas González.