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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223959
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 310
MARCAS, SIMILITUD DE. EN PALABRAS EXTRANJERAS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 310
Tratándose de dos marcas que tienen una misma parte inicial o radical y, que por sus características resulta la parte más importante o significativa, y la parte final de la anterioridad registrada sólo es una diferencia de orden meramente secundario y de significación menor, es claro que esa diferencia, que carece de énfasis, no es suficientemente distintiva para evitar la confusión entre ambas marcas o para evitar que se sugiera que éstas provienen del mismo productor, lo que desde luego impide el registro de la segunda, ya que podría inducir a confusión al público consumidor, o a que una de las marcas se beneficiara con el prestigio o aceptación del producto amparado con la otra, máxime si ambas denominaciones se hacen consistir en palabras extranjeras y en tales casos el público consumidor tiene menos capacidad para hacer una distinción visual y fonética entre ambas, lo que propicia aún más su confusión.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 2384/90. Salchichonería Fritz, S. A. 8 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretario: Fernando A. Ortiz Cruz.