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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223988
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 330
NULIDAD DE JUICIO CONCLUIDO. ES IMPROCEDENTE POR CUESTIONES QUE TRASCIENDEN A LA LEGALIDAD DEL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 330
Los tribunales del fuero común carecen de facultades para declarar, en un juicio ordinario civil autónomo, la nulidad por falta de forma de un diverso procedimiento judicial instaurado a fin de obtener autorización judicial para vender un inmueble y que se encuentra definitivamente concluido. La nulidad debe ejercitarse como excepción o como recurso y no como procedimiento, pues ningún precepto legal autoriza la acción de nulidad, admitida por el derecho germánico, y por otra parte, no existiría la cosa juzgada, ni los pleitos terminarían, si éstos pudieran ser renovados sin cesar, por medio de sucesivas acciones de nulidad. Los interesados pueden requerir directamente del juez de la causa en la oportunidad debida, que declare nulas las actuaciones realizadas con violación de las formalidades legales. Ricci enseña que una vez decidido un litigio, el interés social exige que no puede reproducirse; de otro modo habría una verdadera incertidumbre en los derechos previstos que provocaría en la sociedad un estado de continua agitación. En el mismo sentido otros autores como Chiovenda, sostienen que la nulidad del procedimiento, no puede ser materia de una acción principal, sino que debe hacerse valer como excepción o como recurso.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 302/89. Belisario Urbina Mundo. 16 de enero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Marcos Arturo Nazar Sevilla. Secretario: Casto Ambrosio Domínguez Bermúdez.