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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 223993
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 335
OFRECIMIENTO DEL TRABAJO CON EL HORARIO RECLAMADO POR EL ACTOR.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 335
Cuando el patrón ofrezca el trabajo con el horario que indicó el actor en su demanda, no puede considerarse de mala fe esa oferta, por la circunstancia de que ambas partes hayan omitido referirse si dentro de esa jornada el trabajador disfrutaba de algún lapso para descansar o tomar alimentos, toda vez que tal evento no formó parte de la controversia; y como consecuencia la Junta no podía legalmente incluir su análisis en el laudo correspondiente.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 8186/90. José Luis Neria Luna. 23 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: María del Rosario Mota Cienfuegos. Secretario: José Guillermo Cuadra Ramírez.
Amparo directo 4476/90. Bernardo Botello Olague. 27 de junio de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: José Luis Martínez Luis.
Amparo directo 8836/89. José Muñoz Romero. 16 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Enrique Valencia Lira.
Octava Epoca, Tomo V, Segunda Parte-1, página 319.