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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 224027
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 351
PETROLEOS MEXICANOS, SUS BIENES NO ESTAN EXENTOS DE PAGO DE CONTRIBUCIONES CONTENIDAS EN LAS LEYES LOCALES.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 351
Conforme a la fracción IV del artículo 115 de la Constitución General de la República, la hacienda de los municipios se formará, entre otros conceptos, con los siguientes: "A).- Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los Estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación y traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles"; y con, "C).- Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo". Sin que las leyes federales o locales puedan conceder exenciones respecto de estas dos fuentes de ingresos "en favor de personas físicas o morales, ni de instituciones oficiales o privadas, pues sólo los bienes del dominio público de la Federación, de los Estados o de los Municipios estarán exentos de dichas contribuciones". Consiguientemente, la circunstancia de que Petróleos Mexicanos sea un organismo público descentralizado del Gobierno Federal, debido a la naturaleza de la explotación de hidrocarburos a que se dedica, de ninguna manera implica que los bienes de su propiedad queden exentos del pago de las contribuciones contenidas en las leyes locales.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 253/88. Petróleos Mexicanos. 27 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Pérez Herrera. Secretaria: Nora María Ramírez Pérez.
Amparo en revisión 254/85. Petróleos Mexicanos. 23 de mayo de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Moisés Duarte Aguíñiga.
Séptima Epoca, Volúmenes 205-216, Sexta Parte, página 361.