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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224037
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 356

POSESION. LA INSPECCION JUDICIAL NO BASTA NI ES LA IDONEA PARA ACREDITARLA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 356

Precedentes

Amparo en revisión 104/90. Raúl Téllez Flores. 30 de Mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretario: Fernando Hernández Piña. Véase: Jurisprudencia 145/85 Tercera Parte.
Registro digital (IUS): 224037