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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224048
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 362

PROCEDENCIA DEL AMPARO Y NO DEL RECURSO DE QUEJA, CUANDO SE RECLAMA UNA RESOLUCION DICTADA EN CUMPLIMIENTO DE EJECUTORIA DE AMPARO Y SE OMITE ACREDITAR LA VINCULACION TOTAL DE AQUELLA CON ESTA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 362

Precedentes

Amparo en revisión 3/90. Adelfo Suárez Aguilar y otros. 6 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Marcos Arturo Nazar Sevilla. Secretario: Casto Ambrosio Domínguez Bermúdez.
Registro digital (IUS): 224048