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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224085
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 382

PRUEBA PERICIAL. INDEBIDA DESIGNACION DE PERITO EN REBELDIA, PLANTEADA COMO VIOLACION PROCESAL EN AMPARO DIRECTO CIVIL. DEBE PREPARARSE PREVIAMENTE AGOTANDO EL RECURSO DE REVOCACION. (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 382

Precedentes

Amparo directo 517/90. José María Rojas Rodríguez. 17 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretario: Joel Alfonso Sierra Palacios.
Registro digital (IUS): 224085