Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/224106
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224106
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 394

PRUEBAS EN LA APELACION, CONCEPTO DE VIOLACION INOPERANTE CONTRA EL AUTO QUE OMITIO LA ADMISION DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 394

Precedentes

Amparo directo 688/90. Autobuses de Occidente, S.A. de C.V. 22 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Gilda Rincón Orta. Secretario: Enrique Gómez Mendoza. Amparo directo 45/90. Gilberto José Asunción Pérez Almaguer. 27 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Gilda Rincón Orta. Secretario: Daniel Horacio Escudero Contreras. Octava Epoca, Tomo V, Segunda Parte-1, página 393.
Registro digital (IUS): 224106