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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224165
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 435

RESCISION DE LA RELACION LABORAL, PRESCRIPCION DE LA ACCION DEL PATRON. COMPUTO DEL TERMINO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 435

Precedentes

Amparo directo 9023/90. José Luis Santiago Arcaraz Saavedra. 28 de noviembre de 1990. Ponente: Maria Edith Cervantes Ortiz. Secretaria: Ma. Perla Leticia Pulido Tello. Amparo directo 2203/88. Ferrocarriles Nacionales de México. 22 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Guillermo Becerra Castellanos. Amparo directo 2547/87. Industrial de Abastos. 17 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Hernández Saldaña. Secretario: José Luis Torres Lagunas. Octava Epoca: Tomo I, Segunda Parte-2, página 602 (2 asuntos).
Registro digital (IUS): 224165