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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224196
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 453

ROBO ENTRE CONYUGES. PARA QUE PROCEDA LA QUERELLA NO ES NECESARIO QUE SE HAYAN DIVORCIADO O SE HAYA LIQUIDADO LA SOCIEDAD CONYUGAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 453

Precedentes

Amparo en revisión 261/90. Carlos Villalobos Sandoval. 5 de septiembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Stalin Rodríguez López.
Registro digital (IUS): 224196