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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.5o.C.334 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224233
Clave de tesis
I.5o.C.334 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 476

SINDICO, INCIDENTE DE REMOCION DEL. PROCEDE CUANDO LA DESIGNACION RECAE EN UNA PERSONA FISICA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 476

Precedentes

Amparo en revisión 875/90. Banco Nacional Pesquero y Portuario, S N.C. 28 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Caballero Cárdenas. Secretario: Alejandro Javier Pizaña Nila. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 55/97 resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 51/97, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VII, enero de 1998, página 154, con el rubro: "SINDICO. EN CONTRA DE SU DESIGNACION PROCEDE EL INCIDENTE DE IMPUGNACION ESPECIFICO PREVISTO EN EL ARTICULO 52 DE LA LEY DE QUIEBRAS Y SUSPENSION DE PAGOS."
Registro digital (IUS): 224233