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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 224242
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 482
SOCIEDADES MERCANTILES. MANDATO QUE CONFIEREN SUS REPRESENTANTES A TERCEROS. REQUISITOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 482
Las facultades del órgano de administración de una sociedad mercantil para transmitir su representación a terceros no derivan automáticamente de su nombramiento o designación. Se requiere que dicho órgano posea autorización expresa para transmitir a terceros sus facultades de representación a efecto de que éstos puedan actuar a su vez como mandatarios de la persona moral de que se trate.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 714/90. Practiform S. A. 3 de mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: José Méndez Calderón. Secretario: Néstor Gerardo Aguilar Domínguez.