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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224246
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 484

SUPLENCIA. SU ALCANCE EN AMPARO EN MATERIA CIVIL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 484

Precedentes

Amparo en revisión 170/90. Gloria Véjar Cárdenas y José Fernando Campos Véjar. 4 de mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco José Domínguez Ramírez. Secretario: Martín Alejandro Cañizales Esparza. Amparo en revisión 400/89. J. Guadalupe Guerrero Vázquez. 9 de marzo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco José Domínguez Ramírez. Secretario: Gerardo Domínguez. Octava Epoca, Tomo V, Segunda Parte-1, página 488.
Registro digital (IUS): 224246