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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 224270
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 495
SUSPENSION, PRUEBAS EN EL INCIDENTE DE. CUANDO SE TRATA DE DOCUMENTOS EXHIBIDOS EN EL JUICIO PRINCIPAL, DEBE SOLICITARSE SU COMPULSA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 495
Tomando en consideración que el incidente de suspensión debe tramitarse por cuerda separada, si el quejoso necesita comprobar algún hecho en el incidental de referencia con documentos exhibidos en el expediente relativo al juicio principal, necesariamente debe solicitar la compulsa de ellos.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 60/90. Margarito Trejo Durán. 26 de abril de 1990 . Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: María Concepción Alonso Flores.