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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224286
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 506

TIEMPO EXTRAORDINARIO. CUANDO EL TRABAJADOR NO ESTA SUJETO A UN HORARIO Y SE DESEMPEÑA SIN LA SUPERVISION DEL PATRON, ES IMPROCEDENTE EL RECLAMO DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 506

Precedentes

Amparo directo 9196/90. Química Hoechst de México, S.A. de C.V. 7 de noviembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretaria: Estela Jasso Figueroa.
Registro digital (IUS): 224286