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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 224405
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 97
COMISIONISTAS. OFRECIMIENTO DE TRABAJO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 97
Cuando el demandado ofrece el trabajo al actor con el mismo horario, salario base y con idénticos porcentajes por comisiones de ventas según lo narrado en la demanda, tal ofrecimiento es de buena fe y opera la reversión de la carga de la prueba, aun cuando se hubiese controvertido el monto de las comisiones por ventas y éste no hubiese probado, ya que de ello no deriva la buena o mala fe del ofrecimiento de trabajo.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 8206/90. Transformadora Automotriz de México, S.A. 22 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretaria: Estela Jasso Figueroa.