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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224421
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 107

CONCEPTOS DE VIOLACION INATENDIBLES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 107

Precedentes

Amparo directo 1626/90. Teléfonos de México, S.A. de C.V. 10 de julio de 1990. Mayoría de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: José Luis Martínez Luis. Disidente: María del Rosario Mota Cienfuegos.
Registro digital (IUS): 224421