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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224539
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 176

IMPROCEDENCIA EN EL AMPARO, CUANDO SE RECLAMA INCUMPLIMIENTO DEL FALLO CONSTITUCIONAL O REITERACION DEL ACTO RECLAMADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 176

Precedentes

Improcedencia 185/90. Comité Particular Ejecutivo Agrario del Núcleo de Población denominado San Vicente, Municipio de Coahuayana, Michoacán. 11 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Amado Guerrero Alvarado. Secretario: Gustavo Solórzano Pérez.
Registro digital (IUS): 224539