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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224589
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 212

ORDEN DE VISITA. LA FALTA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL NO ES INDISPENSABLE PARA CONFERIR INTERES JURIDICO PARA IMPUGNARLA A TRAVES DEL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 212

Precedentes

Amparo en revisión 1922/90. Francisco Javier Herrera Gómez. 23 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Antonieta Azuela de Ramírez. Secretario: Salvador Flores Carmona.
Registro digital (IUS): 224589