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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224610
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 226

PRESCRIPCION POSITIVA. INEFICACIA DE LAS DILIGENCIAS DE JURISDICCION VOLUNTARIA PARA ACREDITAR LA POSESION DEL INMUEBLE A USUCAPIR. (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 226

Precedentes

Amparo directo 290/90. Alfonso Espinoza Velázquez. 4 de septiembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Federico Gutiérrez de Velasco Romo. Secretario: Guillermo Esparza Alfaro.
Registro digital (IUS): 224610