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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224622
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 232

PRUEBA CONFESIONAL A CARGO DE PERSONA MORAL. APODERADOS JURIDICOS FACULTADOS PARA ABSOLVER POSICIONES EN SU NOMBRE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 232

Precedentes

Amparo en revisión 133/90. Juan Covarrubias Ortiz. 10 de agosto de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Humberto Trujillo Altamirano. Secretario: José Humberto Robles Erenas. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 71/91 resuelta por la Cuarta Sala, de la que derivó la tesis 4a./J. 10/93, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, número 63, marzo de 1993, página 18, con el rubro: "PRUEBA CONFESIONAL A CARGO DE PERSONA MORAL, DESAHOGO DE LA."
Registro digital (IUS): 224622