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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 224637
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 239
PRUEBA PERICIAL. NO ES LA UNICA PARA IDENTIFICAR INMUEBLES YA QUE SE PUEDE LOGRAR POR OTROS MEDIOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 239
Por regla general la identificación de predios se obtiene a través de una prueba pericial en la que los especialistas, con razones técnicas y explicando detalladamente sus afirmaciones, lleguen a la conclusión de que el inmueble objeto de la probanza es precisamente el mismo con el que se le compara o se pretende su localización. Mas esa regla general, como todas las de esa clase, tiene su excepción cuando la identidad se demuestra con otros medios.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 279/90. Salvador Aguilar Gutiérrez. 30 de agosto de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Figueroa Cacho. Secretario: Luis Rubén Baltazar Aceves.