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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224649
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 244

PRUEBAS, DESECHAMIENTO DE LAS, POR UNA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA FUNDADO EN UN PRECEPTO EQUIVOCADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 244

Precedentes

Amparo en revisión 1033/90. Super Tenis, S.A. 6 de agosto de 1990. Mayoría de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: María Guadalupe Saucedo Zavala. Disidente: Carlos Alfredo Soto Villaseñor.
Registro digital (IUS): 224649