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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224650
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 245

PRUEBAS EXTEMPORANEAS, DEBEN TOMARSE EN CUENTA SI ES QUE ACREDITAN LA IMPROCEDENCIA DEL AMPARO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 245

Precedentes

Amparo en revisión 286/90. Edelmira González Rubio viuda de Aldaco. 9 de agosto de 1990. Mayoría de votos. Disidente: Jorge Figueroa Cacho. Ponente: Carlos Hidalgo Riestra. Secretario: Ausencio Salvador García Martínez.
Registro digital (IUS): 224650