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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224733
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 300

TRIBUNAL COLEGIADO. SU COMPETENCIA PARA CONOCER DE UN RECURSO DE REVISION DONDE SE LE PLANTEA LA VIOLACION POR PARTE DEL JUEZ DE DISTRITO DEL ARTICULO 80 DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 300

Precedentes

Amparo en revisión 1603/90. Francisco Javier Soto González. 22 de agosto de 1990. Mayoría de votos. Disidente: Carlos Alfredo Soto Villaseñor. Ponente: Fernando Lanz Cárdenas. Secretario: Alvaro Tovilla León.
Registro digital (IUS): 224733