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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 3o. A. J/24 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224810
Clave de tesis
I. 3o. A. J/24
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 375

NOTIFICACIONES PERSONALES. EL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES NO ES APLICABLE EN FORMA SUPLETORIA A LAS NOTIFICACIONES PERSONALES PRACTICADAS POR LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 375

Precedentes

Amparo directo 1177/86. Sistemas de Descuento Matic, S. A. 22 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: María Guadalupe Saucedo Zavala. Amparo directo 1823/87. Panificadora Jasa, S. A. 19 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Amparo directo 573/88. Daniel Michan Cherem. 27 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Amparo directo 1333/89. Dirección Técnica de Ingeniería, S. A. 8 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Amparo directo 783/90. Fábrica Santa María de Guadalupe, S. A. 16 de agosto de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: María Guadalupe Saucedo Zavala.
Registro digital (IUS): 224810