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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 5o. T. J/17 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224819
Clave de tesis
I. 5o. T. J/17
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 384

PERITO TERCERO EN DISCORDIA, LEGAL DESIGNACION DEL, AUNQUE LABORE EN EL MISMO ESTABLECIMIENTO DEL DESIGNADO POR CUALQUIERA DE LAS PARTES.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 384

Precedentes

Amparo directo 1815/88. Instituto Mexicano del Seguro Social. 4 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: Erubiel Arenas González. Amparo directo 7825/88. Instituto Mexicano del Seguro Social. 17 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: Erubiel Arenas González. Amparo directo 8825/88. Instituto Mexicano del Seguro Social. 25 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Secretario: Sergio García Méndez. Amparo directo 2295/89. Instituto Mexicano del Seguro Social. 8 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretaria: María Isabel Haruno Takata Gutiérrez. Amparo directo 8745/89. Instituto Mexicano del Seguro Social. 7 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretaria: Elsa María Cárdenas Brindis.
Registro digital (IUS): 224819