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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 2o. T. J/8 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224862
Clave de tesis
I. 2o. T. J/8
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 419

TESTIGO UNICO. REQUISITOS QUE DEBE REUNIR PARA FORMAR CONVICCION.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 419

Precedentes

Amparo directo 1306/86. Mccord García, S. A. 31 de octubre de 1986. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretaria: Guadalupe Madrigal Bueno. Amparo directo 12/89. Rocío Macías García. 13 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Catalina Pérez Bárcenas. Secretaria: Leonor Fuentes Gutiérrez. Amparo directo 1552/89. Patricia Hernández Vargas. 9 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Amparo directo 6692/89. Asociación Civil de Adquirentes y Residentes del Edificio Presidente Juárez del Conjunto Urbano Nonoalco Tlatelolco, A. C. 9 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Miguel Bonilla Solís. Secretario: Juan Antonio Avila Santacruz. Amparo directo 8752/89. Alejandro Zaragoza Cázarez. 12 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Catalina Pérez Bárcenas. Secretario: José Vázquez Figueroa.
Registro digital (IUS): 224862