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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224884
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 440

ACUMULACION DE AMPAROS INDIRECTOS TRAMITADOS ANTE DIVERSOS JUZGADOS DE DISTRITO, IRRECURRIBILIDAD DE LA RESOLUCION QUE DESECHA EL INCIDENTE DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 440

Precedentes

Amparo en revisión 267/89. María de Jesús García García. 22 de junio de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arturo González Zárate. Secretario: Ernesto Antonio Martínez Barba.
Registro digital (IUS): 224884