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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
224890
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 443

ALBACEA. EFECTOS DE LA FALTA DE ACEPTACION Y DISCERNIMIENTO DEL CARGO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 443

Precedentes

Amparo directo 280/89. Rosalinda Galaviz Ancira. 8 de noviembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel García Salazar. Secretario: Hilario Zarazúa Galdeano. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia IV.3o. J/22, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, marzo de 1996, página 697, de rubro: "ALBACEA. EFECTOS DE LA FALTA DE ACEPTACION Y DISCERNIMIENTO DEL CARGO."
Registro digital (IUS): 224890